La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una actualización en las escalas del monotributo que ajusta los límites de facturación y los importes mensuales en aproximadamente un 16,8%. Esta modificación regirá a partir de los pagos con vencimiento desde agosto, y afecta la recategorización del régimen correspondiente al segundo semestre de 2026.
Los contribuyentes bajo el monotributo deben revisar sus ingresos acumulados durante los últimos doce meses para determinar si continúan en la categoría actual o si deben recategorizarse según los nuevos parámetros establecidos por ARCA. Aunque el cálculo de la facturación acumulada anual define la categoría, se utiliza una referencia mensual para facilitar el control y evitar superar los límites permitidos.
Los nuevos topes mensuales aproximados para las categorías del monotributo son:
- Categoría A: hasta $1.000.784,20
- Categoría B: hasta $1.466.265,23
- Categoría C: hasta $2.055.874,53
- Categoría D: hasta $2.552.387,62
- Categoría E: hasta $3.002.352,61
- Categoría F: hasta $3.762.638,28
- Categoría G: hasta $4.499.649,91
- Categoría H: hasta $6.827.055,03
- Categoría I: hasta $7.641.646,83
- Categoría J: hasta $8.751.043,27
- Categoría K: hasta $10.550.903,23
Además de la facturación, ARCA evalúa otros parámetros para determinar la categoría correcta, entre ellos la superficie afectada a la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y, cuando corresponda, el monto destinado a alquileres. Estos criterios complementarios pueden influir en la recategorización, más allá de los ingresos emitidos.
La evaluación del monotributista se basa en la facturación devengada, es decir, en el total de facturas emitidas durante el último año, sin importar si fueron cobradas o no. Esto significa que superar en algún mes el promedio permitido no implica automáticamente la exclusión del régimen simplificado, siempre que el total anual se mantenga dentro del límite asignado.
Cuando un contribuyente supera los parámetros máximos permitidos de su categoría, debe presentar la recategorización dentro de los plazos que estipula ARCA. Si la facturación supera el tope máximo establecido para el monotributo, el contribuyente deberá abandonar este régimen y pasar al régimen general de impuestos.