La Justicia confirmó la prisión preventiva de un hombre acusado de haber cometido múltiples hechos de abuso sexual con acceso carnal agravado contra su hija menor. Esta decisión fue ratificada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul, que rechazó los recursos presentados por la defensa para anular la medida o solicitar la excarcelación del imputado.
Los hechos que se investigan ocurrieron entre agosto de 2024 y enero de 2026 en la ciudad de Bolívar. El imputado permanece procesado por cuatro casos relacionados con abuso sexual agravado, que tendrían como víctima a su propia hija. La medida cautelar de prisión preventiva fue inicialmente dictada por el Juzgado de Garantías Nº 2 de Olavarría y luego apelada por la defensa, la cual cuestionó la validez de la investigación y argumentó que la adolescente se había retractado de la denuncia.
En el fallo, que consta de 44 páginas, el juez Carlos Paulino Pagliere explicó que, en esta etapa preliminar, el tribunal no debe emitir un juicio de condena sino evaluar si existen elementos suficientes para sostener la medida cautelar. Destacó que basta con un grado de probabilidad positiva sobre la existencia del delito y la participación del imputado para mantener la prisión preventiva.
Respecto a la credibilidad de la víctima, uno de los puntos más discutidos, la Cámara señaló que los primeros testimonios de la adolescente mantienen plena relevancia y deben ser considerados en conjunto con el resto de las pruebas. El juez valoró especialmente la claridad, coherencia, contexto y persistencia en el tiempo de dichos testimonios como indicios que permiten sostener la probabilidad del hecho denunciado.
Además, la resolución profundiza en los criterios que deben aplicarse en casos de delitos sexuales contra niñas y adolescentes, subrayando que el derecho penal moderno debe interpretar con especial cuidado la valoración de los dichos de la víctima en función de preservar sus derechos y garantizar una respuesta judicial adecuada.