El Honorable Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que establece la gratuidad de los servicios en el hospital municipal para pacientes con cobertura pública exclusiva, modificando la normativa fiscal vigente para eximir a las personas físicas del pago directo. Esta iniciativa, impulsada por el Departamento Ejecutivo Municipal y respaldada por el bloque Fuerza Patria, dispuso además la condonación de deudas acumuladas entre 2020 y 2024 para usuarios sin otros medios de cobertura.

El cambio mantiene vigente la tasa asistencial, aunque redefine el sujeto responsable del cobro, que recae exclusivamente en obras sociales, prepagas, ART y seguros médicos. De esta manera, quienes utilicen el hospital no deberán afrontar costos, fortaleciendo el acceso a la salud en sectores vulnerables. La medida respondió a un compromiso electoral y a la obligación de garantizar el derecho constitucional al trato igualitario y la no discriminación en materia sanitaria.

El bloque opositor rechazó el proyecto al considerar que carece de un plan técnico para asegurar la sostenibilidad financiera a largo plazo, y propuso devolverlo a comisión, moción que fue desestimada por mayoría. Entre los argumentos presentados, se destacó que la gratuidad no ha generado aumento en la cantidad de pacientes con solvencia económica, lo que confirma que el sistema sigue atendiendo prioritariamente a quienes carecen de recursos.

Al respecto, el concejal Federico Aguilera enfatizó que la nueva ordenanza representa un avance histórico para el municipio, garantizando que el cobro se aplique únicamente a las entidades responsables del financiamiento de la salud, sin trasladar el costo a los usuarios. Complementó esta visión el concejal Nicolás Zampini, quien indicó que el porcentaje de pacientes con capacidad de pago es mínimo, mientras que casi la mitad de las consultas del hospital corresponden a personas en situación vulnerable.

Desde la perspectiva constitucional, la concejal Natalia Álvarez destacó que esta normativa cumple con el mandato provincial de asegurar igualdad y no discriminación, eliminando barreras económicas que limitaban el acceso a la salud pública. La iniciativa ordena además la revisión y derogación del artículo 139° de la Ordenanza Fiscal y modifica el artículo 22° de la Ordenanza Impositiva para implementar estos cambios.