La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de Isidro Marcelo Rodríguez, un hombre condenado por varios delitos, entre ellos la comercialización y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La decisión fue firmada en una resolución reciente que confirma fallos previos en su contra.
Rodríguez fue condenado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Azul a una pena de seis años y tres meses de prisión, además de una multa y diversas inhabilitaciones. La sentencia incluyó cargos por quebrantamiento de pena, lesiones graves culposas y frustración maliciosa en el pago de un cheque. Tras esta condena, la Sala I del Tribunal de Casación Penal consideró inadmisible un recurso extraordinario presentado por la defensa por supuesta inconstitucionalidad del proceso.
Ante la negativa de la Casación, el abogado de Rodríguez llevó el caso ante la Suprema Corte provincial alegando que se habían violado derechos constitucionales relacionados con el debido proceso, la imparcialidad judicial y el derecho a la defensa. También cuestionó la valoración de la prueba y solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 494 del Código Procesal Penal de Buenos Aires.
Sin embargo, la Suprema Corte concluyó que la defensa no aportó pruebas suficientes que demostraran de manera concreta las presuntas violaciones constitucionales. Los magistrados aseguraron además que no se superaron los requisitos técnicos necesarios para avanzar en la revisión extraordinaria del caso. Destacaron que la Casación no evaluó el fondo del asunto, sino únicamente la admisibilidad del recurso extraordinario.
Finalmente, el máximo tribunal rechazó la queja de forma definitiva y estableció que la defensa deberá afrontar las costas del proceso. Además, reguló los honorarios del abogado defensor, cerrando de este modo la vía judicial extraordinaria en favor de la condena original.