El Ejecutivo de Mendoza rechazó el pedido de un usuario que solicitaba la intervención directa del gobernador para modificar una resolución sobre la falta de presión del agua potable en su inmueble. Esta situación había generado sanciones previas hacia la empresa pública Agua y Saneamiento Mendoza (Aysam) y una reducción en la tarifa a pagar por el afectado.

La disputa se originó cuando el extinto Ente Provincial del Agua y de Saneamiento (EPAS) ordenó a Aysam normalizar el suministro y, a la vez, dispuso que el usuario abonara solo una parte reducida de la factura. Tras la disolución de EPAS, sus funciones pasaron al Departamento General de Irrigación, que confirmó las multas y beneficios tarifarios aplicados. Sin embargo, el ciudadano quería que la máxima autoridad provincial revisara estas decisiones.

El Gobierno fundamentó su rechazo en la Ley Provincial Nº 9.589, vigente desde finales de 2024, que otorga exclusivamente al Superintendente General de Irrigación la competencia para resolver los conflictos relacionados con el servicio de agua potable. Esta normativa establece que sus resoluciones constituyen la instancia administrativa final y no admiten apelaciones ante el Poder Ejecutivo.

De esta manera, el régimen legal actual elimina la posibilidad de que el Gobernador intervenga en estos procesos regulatorios. Además, la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Asesoría de Gobierno confirmaron que la solicitud del usuario para modificar la decisión es jurídicamente improcedente, ya que Irrigación actúa como organismo con competencia exclusiva.

El nuevo marco normativo fija un plazo de 30 días corridos desde la notificación oficial para que los reclamantes puedan presentar acciones ante la Justicia. Por lo tanto, quienes deseen continuar con su reclamo por deficiencias en el suministro deberán iniciar procedimientos judiciales, dado que la vía administrativa ya se agotó.