La Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná dictó un fallo que suspende de manera inmediata las fumigaciones con agrotóxicos cerca de viviendas y urbanizaciones rurales en el departamento de Diamante, Entre Ríos. Esta medida alcanzó a las localidades de Colonia Ensayo y Aldea Brasilera y establece distancias mínimas estrictas tanto para aplicaciones terrestres como aéreas.
La jueza María Fernanda Miotti, responsable de la resolución, aceptó dos amparos ambientales presentados por vecinos preocupados por la salud y el ambiente, imponiendo límites mayores a los existentes en la legislación provincial vigente. Así, fijó una restricción de más de un kilómetro para fumigaciones terrestres y tres kilómetros para las aéreas desde zonas habitadas, superando ampliamente la Ley 11.178 que permitía hasta 150 metros de distancia por tierra y 500 metros por aire.
En su fallo, la magistrada no invalidó la legislación entrerriana pero recomendó al Estado provincial fortalecer los mecanismos de monitoreo, control y fiscalización para proteger la salud de las comunidades rurales afectadas por estos productos. La Justicia buscó responder a la creciente inquietud ambiental frente al uso intensivo de agroquímicos en zonas cercanas a hogares.
Por su parte, representantes del sector agropecuario criticaron la resolución. Un dirigente manifestó su rechazo a la decisión, argumentando que el productor involucrado cumplió con todos los requisitos legales y protocolos, como el aviso previo de 48 horas ante la comuna y el uso autorizado de productos. Según este sector, la medida judicial genera incertidumbre y pone en riesgo la seguridad jurídica de los productores, quienes pueden verse sometidos a interpretaciones “irracionales” por parte de diferentes jueces.
El conflicto evidencia la tensión entre el derecho a la producción agropecuaria y las exigencias ambientales y sanitarias de las comunidades rurales. La controversia sobre las distancias permitidas para fumigar pone en debate la necesidad de actualizar normativas y equilibrar intereses para garantizar la salud pública sin desbordar la actividad productiva.