El Tribunal de Trabajo de Olavarría confirmó la protección sindical de Facundo Joaquín Manuel Galanti, dirigente del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, al rechazar la solicitud del Municipio que pretendía excluir dicha tutela. La administración local buscaba justificar un apercibimiento disciplinario acusando al trabajador de retirarse sin autorización y de registrar irregularmente sus horas en el reloj de control.

Sin embargo, el fallo, firmado por los jueces Guillermo Oscar López Arévalo, Christian Marcelo Benítez y María Clarisa Baldoni, determinó que el Municipio no probó las faltas imputadas. Según la sentencia, Galanti no cometió ninguna conducta que justificara la pérdida de protección sindical. Además, se destacó un cambio contradictorio en la postura del Municipio durante el proceso judicial.

Inicialmente, la Municipalidad reconocía al trabajador como secretario general del sindicato y había impulsado la acción para excluir su tutela sindical. Pero, antes de la audiencia final, intentó declarar abstracta la causa argumentando que Galanti no contaba con esta protección. El Tribunal consideró esta modificación como contraria a la doctrina de los actos propios, que impide a una parte revertir su posición de forma arbitraria durante un procedimiento.

La sentencia otorgó especial peso al testimonio de Emilia Díaz, superior jerárquica de Galanti durante el período investigado. Díaz explicó que el dirigente no cumplía funciones exclusivamente en el vivero municipal, sino que se trasladaba a distintas dependencias para reuniones, talleres y capacitaciones relacionadas con su área. Además, afirmó que Galanti contaba con autorización para usar vehículos oficiales y participaba de asambleas vinculadas a reclamos salariales junto a otros funcionarios y agentes.

El Tribunal valoró la veracidad y espontaneidad del testimonio, considerándolo fundamental para desestimar las acusaciones. Otro elemento mencionado fue que, incluso antes de iniciarse la causa judicial, el Municipio aplicó descuentos salariales al dirigente, afectando conceptos como presentismo, puntualidad y horas extras, lo que quedó corroborado con una pericia contable incorporada al expediente.